GIMNASIO
El tratamiento del sistema de huellas para acceder a un establecimiento
exige una especial atención a la proporcionalidad ….. en tanto resulte
completamente imprescindible para el cumplimiento de la finalidad perseguida,
la de autenticar la entrada al gimnasio.
En este sentido se estima más adecuado para guardar la proporcionalidad y afectación mínima al derecho, que la base que confronta la introducción del dedo, el algoritmo fuera almacenado en una tarjeta que portara el socio por ejemplo. Se observa que el sistema se preocupa de la confidencialidad como la conversión de la huella a su algoritmo, cabría plantearse si no sería posible aun una menor injerencia en el derecho fundamental a la protección de datos que se produce como consecuencia del hecho de que el algoritmo de la huella se incorpore al sistema, permaneciendo en el mismo en tanto socio del gimnasio dado que en caso contrario no sería posible la verificación en tiempo real del uso de acceso a la instalación. El mismo objetivo podría lograrse si se estableciera un sistema de control de acceso que …. permitiera que el propio dato biométrico o el algoritmo, permaneciese bajo el control del usuario y no fuera incorporado al sistema o base de datos. De ese modo, sería posible que la verificación se llevase a cabo a partir de un dispositivo que portase el socio, de forma que el sistema únicamente almacenase la información referida al uso o no uso de accesos, sin que en ningún momento reflejase el algoritmo de la huella.
…..tratamiento de los datos de reconocimiento
de huella de usuarios de gimnasio para control de acceso por su titular y
siendo el único medio de acceder, cabe considerar que utiliza los datos de
forma no proporcionada y excesiva en relación con el ámbito y las finalidades
determinadas.
Deja una respuesta